Definiciones.

Facultad de Estudios Superiores Acatlán.

Lic. En Ciencias Políticas y Administración Pública.

Administración del Factor Humano

  • Cruz García Lorea.
  • Meza Sánchez Griselda.
  • Moreno Vega América.
  • Pérez Castro María Teresa.
  • Meza Méndez Jorge Augusto.
  • Rosas Romero Sergio.

Profesor: Juan Torres Lovera.

Grupo: 2402   Fecha: 06/05/15

Definiciones.

Jubilación.

Es el nombre que recibe el acto administrativo por el que un trabajador activo, ya sea por cuenta propia o ajena, pasa a una situación pasiva o de inactividad laboral; luego de alcanzar una determinada edad máxima legal para trabajar.

Pensión

Las pensiones es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral de los trabajadores. Ofrece tranquilidad y seguridad de que podrá contar un apoyo económico que le permita vivir con dignidad. Los sistemas de pensiones tienen como objetivo proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias y situaciones naturales que ocurren en la vida como:

Vejez.

Cesantía en edad avanzada.

Muerte prematura.

Accidentes y enfermedades que conducen a la invalidez.

 

Sistema de pensiones.

Las pensiones es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral de los trabajadores. Ofrece tranquilidad y seguridad de que podrá contar un apoyo económico que le permita vivir con dignidad. Por lo tanto es sólo usted quien decidirá sobre su pensión y las decisiones en torno a ella.

Los sistemas de pensiones tienen como objetivo proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias y situaciones naturales que ocurren en la vida como:

  • Vejez.
  • Cesantía en edad avanzada.
  • Muerte prematura.
  • Accidentes y enfermedades que conducen a la invalidez.

Pensión por Incapacidad: Se otorga en caso de que suframos algún accidente o enfermedad a consecuencia de nuestra actividad laboral y que nos impida seguir trabajando.

Pensión por Invalidez: Se otorga en caso de que suframos algún accidente o enfermedad ajenos a nuestra actividad laboral y que nos impida seguir trabajando.

Pensión por viudez, orfandad y ascendencia: Se otorga a nuestros beneficiarios legales, cuando fallezcamos por cualquier motivo.

Pensión por retiro anticipado: Cuando el trabajador haya cotizado al menos 1250 semanas, aun cuando no reúna la edad de 60 años y que la pensión que le corresponda en rentas vitalicias sea 1.3 veces mayor a la pensión mínima garantizada.

Pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez: Es la pensión que se nos otorgará cuando tengamos la edad, y las semanas requeridas cotizadas.
Se puede pensionar por cesantía o vejez, cuando cumpla con alguno de los requisitos:
-Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
-Tener 60 ó 65 años de edad.

AFORE

Significa Administradora de Fondos para el Retiro. Estas instituciones se especializan en manejar los fondos para el retiro de los trabajadores. Están autorizadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y reguladas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).
Cuenta Individual de ahorro para el retiro.

Es la cuenta que un trabajador tiene en una Afore. En ella se depositan los recursos que le permitirán tener una pensión cuando concluya su vida laboral. A este ahorro contribuye el empleado, la empresa para la que trabaja y el gobierno. Debido a que su pensión dependerá del monto que haya ahorrado, usted puede realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual. De esta manera estará incrementando su patrimonio y el monto que recibirá cuando se retire.

Funciones de una AFORE:

  • Abrir, administrar y operar las cuentas individuales.
  • Invertir de la mejor manera los fondos para el retiro de los trabajadores.
  • Proporcionar material informativo sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)
  • Contar con una Unidad Especializada de Atención al Público para atender quejas y reclamaciones
  • Traspasar con tu autorización a tu cuenta individual los recursos SAR 92-97, solo si cotizaste de 1992 a 1997
  • Proporcionar por lo menos 3 estados de cuenta al año
  • Todas las AFORES tienen Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORES). Estas se subdividen de acuerdo con la edad del trabajador.
  • Llevar el registro de los recursos correspondientes a tu subcuenta de vivienda.

Beneficios de una AFORE

– Se pueden mejorar las condiciones de vida de los jubilados.
– Incremento el ahorro interno.
– Incremento de la inversión productiva.

A la fecha existen 21 AFORES distintas operando en México, entre ellas:

  • ACTINVER
  • AFIRME-BAJÍO.
  • ARGOS.
  • BANAMEX.
  • BANCOMER.
  • COPPEL.
  • HSBC
  • INBURSA
  • ING.
  • INVERCAP.
  • IXE.
  • METLIFE.
  • PRINCIPAL.
  • PROFUTURO GNP.
  • SANTANDER MEXICANO.
  • BANORTE SIGLO XXI.
  • AZTECA

Ámbito de prestaciones en vivienda

Forma parte de las prestaciones laborales. Para que el trabajador tenga derecho a estas prestaciones, debe realizar aportaciones sociales, de forma tripartita (trabajadores, patrones, gobierno)

Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas por ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.

Sobre las instituciones de vivienda. -El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) es una institución mexicana tripartita donde participa el sector obrero, el sector empresarial y el gobierno. Está dedicada a otorgar crédito para la obtención de vivienda a los trabajadores y brindar rendimientos al ahorro que está en el Fondo Nacional de Vivienda para las pensiones de retiro. Fue fundada en mayo de 1972 por el entonces Presidente Luis Echeverría Álvarez. Este instituto ha facilitado la obtención de vivienda para muchas personas dentro de la sociedad Mexicana quienes no tienen fácil acceso a un crédito hipotecario. El caso del FOVISSTE es muy parecido pues, también data de 1972 y su misión es dar créditos hipotecarios a los trabajadores estatales.

Para pedir los créditos del INFONAVIT es necesario reunir 116 puntos, que se juntan en base a edad, sueldo y posición laboral, además de que el monto también se calcula en base a estos. El patrón debe dar un 5% del salario para esta prestación.

Las disposiciones pueden ser encontradas en le reglamento de prestaciones económicas y vivienda del instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado, capítulo V y en la ley del instituto del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores.

Sistemas de Pensión en México.

México país en vías de desarrollo con 112 millones de habitantes y una aglomeración de clases sociales muy heterogénea con uno de los índices de pobreza y desigualdad considerado de los más altos del mundo.
Por lo anterior es de suma importancia que exista universalidad en la protección en seguridad social en México, como ejemplo podemos mencionar el acceso a la atención médica y poder acceder a una pensión digna, estos son retos que el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá prever y cubrir en el corto y mediano plazo.

Desde el nacimiento del Instituto Mexicano del Seguro Social en 1942 ha previsto la seguridad social a los trabajadores, entre otros rubros, en el de las pensiones, dicho rubro se ha visto siempre afectado por problemas económicos políticos y sociales que han ocurrido desde entonces en México, entre algunos de ellos mencionamos los siguientes:

  1. a) Privatización del sistema de pensiones en 1997.
    b) Explosión demográfica.
    c) Crisis económicas.
    d) Aumento de la población de edad avanzada.
    .

 

 

 Transición del sistema de pensiones IMSS en México

 

 Sistema de Reparto o Beneficio definido 1943 a 1973

En 1943 el Sistema de Pensiones en México comenzó con un Sistema de Reparto (Beneficio Definido), en el cual las aportaciones de los trabajadores activos de la época financiaban el pago de pensiones de la población cuando esta se retiraba. Estos recursos resultaron insuficientes cuando se vieron rebasadas las cantidades que se tenían destinadas a dicho fondo en relación con el número de personas que exigía las pensiones del IMSS.
El Seguro Social (IMSS) en México en 1973, a través del Congreso llevó acabo una restructuración en el sistema de pensiones del IMSS implementando un cálculo de pensión IMSS basado en al salario promedio de los últimos 5 años y el número de semanas cotizadas en las que el trabajador haya realizado sus aportaciones.

Sistema de Ahorro para el Retiro 1992 a 1997, origen del sistema de Capitalización Individual o Contribución Definida en México

En el año 1992 como iniciativa en el Congreso a reformar el Sistema de Pensiones en México nace el Sistema de Ahorro para el Retiro conocido como SAR y actualmente identificado como SAR 92 , dicho sistema dio origen a las pensiones basadas en la Contribución Definida. Este fue un complemento a la forma de establecer las pensiones dadas por el IMSS a través de la Ley del Seguro Social de 1973, dicho complemento consistía en que las aportaciones realizadas al IMSS 2% del Salario Base de Cotización se acumulaba en una cuenta bancaria de ahorro para el trabajador.
Las aportaciones de esa contribución eran administradas por Instituciones Bancarias autorizadas para administrar estas cuentas, llamadas ICEFA, el rendimiento real otorgado por estas instituciones fue del 2% anual respaldado y garantizado por el Gobierno Federal.

Sistema de Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE) 1997 a la fecha.

El 1º de julio de 1997 entra en vigor la reforma estructural de la Ley del Seguro Social, entre las diversas reformas se encuentran la restructuración del funcionamiento del Sistema de Pensiones en México llevándolo de un sistema de beneficio definido a uno de contribución definida. Su función es asegurar la sustentabilidad del Sistema de Pensiones en el mediano y largo plazo.
El surgimiento de las AFORES y las SIEFORE que intervienen en el proceso de administración de los recursos destinados para la pensión y de las subcuentas individuales de los trabajadores, el primero como la administradora de los fondos de pensión y el segundo como la parte encarga de la diversificación de los fondos en relación con el riesgo y el rendimiento de los fondos de las subcuentas en base en la edad del trabajador.

Ley de Instituto Mexicano del Seguro Social de 1997 retroactividad en beneficio.

El artículo tercero transitorio de la Ley del Seguro Social vigente, prevé entre otras cosas, que los asegurados que se integraron a una relación laboral antes del 1° julio de 1997 podrán optar por acogerse a los beneficios que les otorga la Ley del Seguro Social de 1973.

PENSION IMSS

PENSION IMSS por Invalidez

PENSION IMSS para Ascendientes

PENSION IMSS por Viudez

PENSION IMSS por Orfandad

Negativa de pensión

Retención o Ruptura Laboral (fin del ciclo laboral) 1

La ruptura laboral se produce cuando un empleado deja de pertenecer a una organización. La tasa de rotación de los trabajadores es la medida de la tasa a la que los empelados dejan la empresa. Las empresas intentan hacer un seguimiento y llevar el control de su tasa de rotación de forma que puedan, a su vez, controlar los costes de sustitución de los empleados. La ruptura laboral puede y debe ser gestionada.

Rotación Voluntaria

Las rupturas laborales voluntarias se producen cuando un empleado decide, por motivos personales o profesionales, finalizar la relación con el empresario. Esta decisión puede surgir porque el empleado haya encontrado un trabajo mejor, quiera cambiar de profesión o quiera tener más tiempo para su familia o para su propio ocio.

Existen dos tipos de rupturas laborales voluntarias; las dimisiones y las jubilaciones

  • Dimisiones

La decisión de dimitir de la empresa depende de; el grado de insatisfacción del empleado en su puesto de trabajo y del número de alternativas atractivas que tiene el empleado fuera de la organización. El empleado puede estar insatisfecho con el propio puesto de trabajo, con el entorno laboral o con ambos.

  • Jubilaciones

Como las dimisiones, las jubilaciones son iniciadas por el empleado. Sin embargo, una jubilación difiere de una dimisión voluntaria en una serie de aspectos. En primer lugar, la jubilación suele producirse al final de la carrera de un empleado. La dimisión puede producirse en cualquier momento. Segundo, las jubilaciones suelen tener como resultado el que la persona reciba prestaciones de la organización. Entre estas prestaciones pueden incluirse pagos por jubilación que complementan sus ahorros personales y las prestaciones de la seguridad social. La gente que dimite de un trabajo no recibe estas prestaciones. Por último, la organización normalmente planifica las jubilaciones con antelación. El personal de recursos humanos puede ayudar a los empleados a planificar su jubilación, y los directivos pueden planificar con antelación si sustituyen a los jubilados de entre los empleados o si contratan a otros nuevos.

Rotación involuntaria

Una ruptura laboral involuntaria se produce cuando la dirección decide acabar una relación laboral con un empleado por; necesidad económica o un mal ajuste entre el empleado y la organización. Las rupturas laborales involuntarias suponen el resultado de decisiones muy difíciles y dolorosas, que tienen un profundo impacto sobre todo para la organización y especialmente para el empleado, ya que pierde su puesto de trabajo.

Existen dos tipos de ruptura laboral involuntaria: despidos y reducciones de plantilla.

  • Despidos

Un despido se produce cuando la dirección decide que hay un mal ajuste entre el empleado y la organización. El despido es el resultado, o bien de un mal rendimiento laboral, o bien del fracaso del empleado a la hora de cambiar un comportamiento inaceptable que la dirección ha tratado de corregir en repetidas ocasiones. Algunas veces, los empleados tienen una seria mala conducta, como un robo o una falta de honradez, que puede derivar en un despido inmediato.

  • Reducciones de plantilla

Una reducción de plantilla difiere de un despido de diversas maneras. En una reducción de plantilla, los empleados pierden su trabajo debido a un cambio del entorno de la empresa, o de la estrategia, que fuerza la reducción del personal laboral. La competencia global, las reducciones de la demanda del producto, las cambiantes tecnologías que reducen la necesidad de trabajadores, y las funciones y adquisiciones son los factores principales subyacentes a la mayoría de las reducciones de plantilla. Por el contrario, las acciones de la mayoría de los empleados despedidos han sido habitualmente la causa directa de su ruptura laboral.

Despido y Renuncia 2

Cuando concluye una relación de trabajo generalmente hablamos de dos supuestos: la renuncia y el despido.

La renuncia es la manifestación por parte del trabajador en la cual da a conocer al patrón su voluntad de dar por terminada la relación de trabajo. En este caso, la responsabilidad de la terminación de la relación laboral recae únicamente en el trabajador. Por ello el patrón solo paga al trabajador su sueldo y la parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional. No tiene la obligación de hacer ningún pago extra, independientemente de la antigüedad del trabajador.

Por su parte, el despido es la declaración del patrón mediante la cual hace saber al trabajador que se concluye la relación de trabajo o que prescinde de sus servicios. Si este se realiza sin causa justificada la responsabilidad de la terminación de la relación laboral recae en el patrón. Para que el despido se considere justificado, el patrón debe entregar al trabajador un aviso escrito en el que señale claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión conforme al artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo y la fecha o fechas en que se cometieron.

Con las reformas a la Ley Federal del Trabajo este aviso puede entregarse personalmente al trabajador en el momento mismo del despido o notificarle el despido en forma personal a través de la Junta de Conciliación y Arbitraje competente. Esta notificación debe efectuarse dentro de los cinco días hábiles siguientes y debe efectuarse en el último domicilio del trabajador que el patrón tenga registrado.

En el caso de despido justificado el trabajador tiene derecho a recibir la parte proporcional de su quincena, prima vacacional, prima de antiguedad, parte proporcional de aguinaldo y las prestaciones a las que tenga derecho conforme al contrato de trabajo como pueden ser el fondo de ahorro, etcétera.

La falta de aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta, por sí sola determinará la separación no justificada y, en consecuencia, la nulidad del despido.

En el caso de un despido injustificado el trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o pedir la indemnización constitucional que consiste en tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago, es decir, si existieron aumentos en el puesto que desempeñaba el trabajador la indemnización debe ser conforme a ese salario.

De existir un juicio, el patrón deberá probar la causa de la rescisión. En caso contrario, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos hasta por un período máximo de doce meses contados a partir d ela fecha de despido.

Al término de este plazo, de no haber concluido el juicio o no haberse cumplido el  laudo, se pagarán también al trabajador los intereses que se generen sobre el importe dequince meses de salario, a razón del dos por ciento mensual, capitalizable al momento del pago.

Si el trabajador optó por la reinstalación y después del proceso obtiene un laudo a su favor, el patrón no tendrá obligación de reinstalar al trabajador en los casos siguientes:

  • Cuando el trabajador tenga una antigüedad menor de un año.
  • Cuando la Junta de Conciliación y Arbitraje determine que no es posible el desarrollo normal de la relación de trabajo.
  • Cuando se trate de trabajadores de confianza;
  • Cuando se trate de trabajadores al servicio doméstico.
  • Cuando se trate de trabajadores eventuales.

En estos casos el patrón deberá pagar una indemnización conforme al artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo. En caso de una relación de trabajo por tiempo determinado menor de un año será igual a la mitad de los salarios correspondientes al tiempo que trabajo. Si el trabajador tuvo un contrato por tiempo determinado superior a un año, la indemnización será el salario de seis meses por el primer año y 20 días por cada uno de los años siguientes.

Un inconveniente de celebrar contratos por tiempo determinado es que las indemnizaciones por despido injustificado son mayores que si se contrata por tiempo indeterminado. De tratarse de una relación de trabajo por tiempo indeterminado el patrón tendrá que indemnizar al trabajador con la cantidad de 20 días de salario por cada año de servicio prestado.

Además de estas indemnizaciones, el patrón deberá entregar en ambos casos el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta un máximo de un año más los intereses correspondientes, así como prima vacacional, prima de antigüedad, aguinaldo, etcétera.

El patrón generalmente opta por evadir un proceso legal por lo que generalmente paga la indemnización constitucional, es decir, tres meses de salario. O en casos extremos calcula la indemnización que correspondería en caso de reinstalación y ofrece una parte de la misma como finiquito.  La prescripción para ejercer las acciones derivadas del despido no comenzará a correr sino hasta que el trabajador reciba personalmente el aviso de rescisión.

Cabe destacar que el trabajador también puede demandar la rescisión de la relación de trabajo y tiene derecho a una indemnización en términos del artículo 50.

Fuente:

  • CONSAR
  • CONDUSEF
  • México. LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

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